Una vez conocéis el importe a embargar, que puede obtenerse con la herramienta de cálculo de importe a embargar en la dirección
(https://seu.atc.gencat.cat/ca/Utilitats/Pagines/CalculSou.aspx), se ha de indicar el ejercicio y mes de la mensualidad correspondiente, e introducir el importe por el cual se quiere obtener la carta de pago. Pulsa el botón “generar carta de pago” y posteriormente “descarga del documento”. Una vez obtenida la carta de pago, la puedes ingresar en una entidad colaboradora, o bien efectuar el pago telemáticamente clicando en el enlace habilitado, seleccionando la opción “Deudas en periodo ejecutivo o en procedimiento de inspección”.